Analizamos los principales aspectos a tener en cuenta en la compraventa de caballos
En infinidad de ocasiones me han solicitado un modelo de contrato de compraventa de caballos con el objeto de salir del paso de cualquier acuerdo rellenando sus casillas como si fuera un formulario. Sin embargo, al igual que no existen dos caballos iguales, la utilización de un modelo tipo de contrato de compraventa de caballos nos puede llevar a cometer importantes errores si no tenemos en cuenta que cada negocio es distinto en función de los pactos y circunstancias personales de las partes, de ahí que analicemos los diez aspectos más importantes que hay que tener en cuenta a la hora de elaborar este documento:
1º.- Aunque parezca una obviedad, la fecha y el lugar de suscripción del contrato de compraventa de caballos tienen importantes consecuencias jurídicas, tanto para determinar la Ley aplicable, como para poder computar los plazos para reclamar por cualquier tipo de incumplimiento.
2º.-Coviene que nos fijemos en cumplimentar correctamente todos los datos del vendedor, del que debemos asegurarnos que es el verdadero dueño del caballo, así como los datos del comprador. Los domicilios de ambas partes tendrán importantes efectos legales, tanto por ser el lugar donde tendrán que practicarse las notificaciones como en el supuesto que hubiera que interponer una acción judicial y no se haya pactado un fuero expreso.
3º.- En el contrato de compraventa de caballos, el équido debe estar identificado de la forma más amplia y descriptiva posible, indicando toda la documentación de la que se disponga, su Carta de Origen si la hubiere, Documento de Identificación Equina o Pasaporte, número de microchip, OCA en la que esté inscrito etc…
4º.- El precio es un elemento esencial como también la forma de pago, en este sentido, aunque nos preocupen las consecuencias fiscales tanto por la prohibición de realizar pagos en efectivo superiores a mil euros, como por los impuestos que se devenguen por la compraventa, recomiendo reseñar siempre el precio real de la operación ya que de lo contrario, en caso de conflicto nos resultará muy complicado poder reclamar la devolución del dinero.
5º.- Con respecto a los impuestos que gravan la compraventa de caballos, debemos saber que si la compra se realiza entre particulares, estará exenta de IVA pero devengará el impuesto de Transmisiones Patrimoniales cuyo pago corresponde al comprador y cuyo tipo impositivo suele estar en torno al 4%. Pero si la compraventa se realiza por un vendedor profesional, la operación estaría sujeta a IVA.
6º.- El objeto o disciplina al que se destinará el caballo es importantísimo, ya que si compramos un caballo para competir en doma clásica y resulta que éste no reúne dichas cualidades aunque sirva para otros fines, el contrato podría declararse NULO con independencia que se hayan rebasado los plazos legales de cuarenta días para el ejercicio de las acciones por vicios ocultos.
7º.- La realización o no de un examen veterinario de pre compra, es un dato que conviene dejar recogido en el contrato de compraventa de caballos, ya que se podría desplazar la responsabilidad del vendedor al veterinario que realizó el examen, en caso de error en su dictamen.
8º.- Resulta conveniente señalar el lugar y momento de la entrega de la posesión del caballo y si hubiera que transportarlo determinar quién corre con los gastos y responsabilidad de dicho traslado.
9º.- Respecto a los plazos para reclamar por vicios ocultos, en base al principio dispositivo que rige en nuestro código civil, las partes libremente pueden acordar un plazo mayor, por lo que es un aspecto que intensaría negociar en función de los intereses del comprador y vendedor.
10º.- Por ultimo recomendamos que se designe un Juzgado de capital de provincial como fuero expreso para caso de litigio, evitando los mayores costes de desplazamiento y retraso que suelen acumular los juzgados competentes en el ámbito rural.