Analizamos las consecuencias derivadas de la contratación ilegal de extranjeros, así como su posible solución mediante la obtención de un permiso de trabajo
En los últimos años, la Inspección de Trabajo ha detectado que existe un alto grado de contratación ilegal de extranjeros en los centros hípicos de nuestro país, resultando que se están denunciando numerosas infracciones que están teniendo bastante repercusión en los medios de comunicación ante la paradoja que en una actividad supuestamente practicada por personas de un alto nivel económico como son los deportes hípicos, existan muchas situaciones que podrían ser constitutivas de un delito contra los derechos de los trabajadores.
En base a las numerosas consultas que hemos recibido, podemos afirmar que los centros ecuestres se encuentran en el punto de mira de los inspectores de trabajo y la policía quienes en cualquier momento, ya sea día laboral o festivo y a cualquier hora, se pueden presentar para comprobar la situación en la que se encuentran los trabajadores y en el supuesto que levanten un acta de denuncia por la contratación ilegal de trabajadores extranjeros, el centro o en su caso el empleador individual, podría ser sancionado por una infracción muy grave que lleva aparejada una multa de hasta 100.000 €, además del cierre del establecimiento entre seis meses y cinco años.
Además de la sanción administrativa, la policía podría realizar detenciones si concluye que hay indicios de un posible delito contra los trabajadores regulado en el artículo 311 bis del Código Penal que establece que será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de doce a treinta meses, quien, de forma reiterada, emplee o dé ocupación a ciudadanos extranjeros que carezcan de permiso de trabajo.
Paradójicamente, cada vez resulta más difícil en España conseguir trabajadores cualificados para trabajar con los caballos, por lo que resulta necesario recurrir a la contratación ilegal de trabajadores extranjeros quienes no pueden ser contratados legalmente por no tener un permiso de trabajo, con lo que estamos ante un circulo vicioso, en el que el empleador aun queriendo, no puede dar de alta al trabajador, sin que resulte fácil encontrar una solución a este problema.
Para poder regularizar la situación en España de un trabajador extranjero, es necesario obtener un permiso de trabajo para lo que hace falta solicitar una autorización al Ministerio de Trabajo y Economía Social, acreditando cumplir una serie de requisitos como que el trabajador no se encuentre irregularmente en territorio español, que carezcan de antecedentes penales o que pueda acreditar su cualificación profesional entre otros.
Por otro lado, la actividad laboral a desarrollar por los trabajadores extranjeros que se pretende contratar, debe ser calificada de difícil cobertura o bien acreditarse que no ha sido posible cubrir el puesto con trabajadores ya incorporados al mercado laboral español, ya que en el supuesto que hubiera trabajadores nacionales que demanden ese empleo, estos tendrán prioridad frente a los extranjeros.
En los deportes hípicos, contamos con la ventaja que muchos de los puestos a cubrir por los trabajadores extranjeros pueden considerarse de difícil cobertura, dado que, en líneas generales, los cuidadores de caballos podrían considerarse una parte fundamental para el adiestramiento y entrenamiento de los caballos, realizando tareas que requieren importantes habilidades y conocimientos sobre el comportamiento de los equinos, por lo que bajo esas premisas tenemos la experiencia de haber conseguido estas autorizaciones en un plazo de tiempo bastante razonable.
Por todo ello, a pesar del esfuerzo burocrático que supone la solicitud de un permiso de trabajo para un trabajador extranjero, merece la pena realizarlo dado que para los deportes hípicos resulta altamente probable que se pueda conseguir el permiso de trabajo, evitando con ello las graves consecuencias administrativas y penales que podría conllevar la contratación ilegal de extranjeros.
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